Todas las entidades inscriptas en la Inspección General de Justicia deben presentar sus estados contables una vez aprobados. Desde mediados de 2026 ese trámite cambió por completo: es 100% digital y se hace por el sistema de presentación en línea del organismo.
Nos ocupamos de la presentación. Revisamos que la documentación cumpla los requisitos formales de la IGJ, cargamos y presentamos el trámite, y le enviamos la constancia electrónica con el número de expediente.
Qué cambió con la RG IGJ 9/2026
La Resolución General IGJ N° 9/2026 (B.O. 02/07/2026) digitalizó y simplificó el régimen de presentación de estados contables:
- Acceso con Clave Fiscal de ARCA, con efectos de firma electrónica.
- Importación de datos desde el CPCECABA. A partir del número y la fecha de legalización de la oblea, el sistema toma solo el período, los datos del contador y los principales importes del balance.
- Se eliminaron los soportes magnéticos, los formularios impresos duplicados, las certificaciones de firmas y las copias innecesarias.
- Ya no existe el formulario de presentación que firmaba el presidente. La presentación se hace en línea, bajo declaración jurada.
Ese último punto trae una ventaja: para presentar ya no hace falta que el presidente comparta su Clave Fiscal con nadie. En lugar de eso, presentamos nosotros como autorizados, con nuestra propia clave. Lo único que necesitamos de su parte es una nota firmada por el presidente. Al presentar, el sistema exige una declaración jurada sobre la documentación, y esa nota es la que nos habilita a suscribirla en su nombre: en ella el presidente declara en qué libros rubricados están transcriptos los estados contables y las actas, que la documentación está completa y firmada como corresponde, y nos autoriza a presentar el trámite con nuestra clave. Es un solo papel en reemplazo del viejo formulario. Más abajo encontrará el modelo.
Documentación necesaria
Estos documentos se piden para cualquier tipo de entidad:
- Estados contables legalizados ante el CPCECABA. En un único PDF, tal como lo devuelve el Consejo y sin modificar, incluida la hoja de la oblea. Es indispensable que la oblea esté legible: de su número y fecha el sistema toma los datos del balance.
- Memoria del ejercicio e informe del auditor. Si ya están dentro del ejemplar de los estados contables, alcanza con ese archivo.
- Acta del órgano de administración que aprueba los estados contables —directorio, consejo de administración o comisión directiva— firmada por el presidente.
- Acta de la asamblea o reunión que los aprueba, y el registro de asistencia con la planilla firmada.
- Convocatoria a la asamblea. Si la asamblea fue unánime en los términos del artículo 237 de la Ley 19.550, no hubo convocatoria ni edictos y así se hace constar.
- Nota del presidente declarando en qué libros rubricados están transcriptos los estados contables y las actas, que la documentación es completa y cuenta con las firmas exigidas, y autorizándonos a presentar el trámite y a suscribir la declaración jurada que el sistema requiere. Es el único papel que necesitamos para presentar en su nombre, sin pedirle su Clave Fiscal.
Según el tipo de entidad se agrega:
- Sociedades del artículo 299: nómina de miembros del directorio y de la sindicatura, e informe del órgano de fiscalización. Este último suele venir dentro del mismo cuerpo del balance.
- Asociaciones civiles: indicación de la categoría de la entidad.
- Fundaciones: acta del consejo de administración que aprueba la memoria y los estados contables, informe del contador sobre el plan de acción trienal e informe del consejo sobre los desvíos producidos.
- Sucursales de sociedades extranjeras: datos personales del representante legal e índices de liquidez, solvencia y rentabilidad, que deben venir calculados.
Para redactar las actas puede usar nuestro modelo de acta de directorio y asamblea que aprueban el balance de una S.A.
Plazos de presentación
La RG 9/2026 reescribió los plazos, que no son los mismos para todas las entidades:
- Sociedades por acciones, comprendidas o no en el artículo 299: 15 días desde la reunión que aprueba los estados contables.
- Fundaciones: 15 días hábiles desde la reunión del Consejo de Administración.
- Asociaciones civiles: 30 días corridos posteriores a la asamblea.
- Asociaciones civiles de Categoría III: siguen formando legajo preasambleario, que se presenta 15 días corridos antes de la asamblea. Las de Categorías I y II ya no lo forman.
Vencido el plazo, la presentación se considera fuera de término.
Moratoria para balances adeudados — hasta el 31 de diciembre de 2026
La RG IGJ N° 6/2026 (B.O. 18/06/2026) prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen de la RG IGJ N° 4/2025 y lo amplió a los ejercicios cerrados hasta el 30 de junio de 2026. Permite regularizar los estados contables adeudados abonando un único formulario, cualquiera sea la cantidad de ejercicios, siempre que se presenten de manera conjunta. Presentados por separado, corresponde un formulario por cada presentación.
Hasta esa misma fecha quedan suspendidos el inicio y la tramitación de sumarios por falta de presentación de estados contables, salvo orden judicial.
Si su entidad tiene ejercicios atrasados, conviene reunir toda la documentación pendiente y presentarla junta antes de que venza la ventana. Consultar por WhatsApp.
Modelo de nota del presidente
Esta nota permite que la presentación la hagamos nosotros, con nuestra propia Clave Fiscal, sin requerir la Clave Fiscal del presidente. Al confirmar la carga, el sistema exige una declaración jurada sobre la documentación presentada, y esta nota es la que respalda esa declaración: el presidente declara en qué libros rubricados están transcriptos los estados contables y las actas, que los datos y la documentación son completos y correctos y que cuentan con las firmas exigidas, y nos autoriza a presentar el trámite y a suscribir esa declaración en su nombre, en los mismos términos. Sirve para cualquiera de los tipos de entidad. Puede firmarse digitalmente o imprimirse, firmarse y escanearse en PDF.
PRESENTA ESTADOS CONTABLES – DECLARA TRANSCRIPCIÓN A LIBROS – AUTORIZA
Buenos Aires, ** de ******** de 20__.
Sr. Inspector General
de Justicia
S_____/_____D
******** (denominación completa de la entidad)
Correlativo N° ********
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de presidente de la entidad de referencia, a fin de presentar los estados contables correspondientes al ejercicio económico cerrado el ** de ******** de 20__. Al respecto, declaro ante el Sr. Inspector General, con carácter de declaración jurada:
Que los estados contables que se presentan concuerdan fielmente con los que se encuentran transcriptos en el libro Inventario y Balances N° ***, rubricado bajo el N° ******** con fecha ** de ******** de 20__.
Que el acta del órgano de administración que considera y aprueba dichos estados contables se encuentra transcripta en el libro de Actas de Directorio N° ***, rubricado bajo el N° ******** con fecha ** de ******** de 20__. (en asociaciones civiles y fundaciones, indicar el libro de actas del órgano que corresponda)
Que el acta de la asamblea que aprueba dichos estados contables se encuentra transcripta en el libro de Actas de Asambleas N° ***, rubricado bajo el N° ******** con fecha ** de ******** de 20__.
Que el registro de asistencia de los accionistas a dicha asamblea se encuentra transcripto en el libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas N° ***, rubricado bajo el N° ******** con fecha ** de ******** de 20__. (sólo sociedades anónimas y en comandita por acciones; las asociaciones civiles y fundaciones omiten este párrafo)
Que los datos consignados y la documentación que se acompaña son fieles, completos y correctos.
Que los estados contables y la demás documentación relacionada cuentan con las firmas exigidas por la normativa vigente en la materia.
Que todo lo manifestado precedentemente reviste el carácter de declaración jurada.
Que por la presente autorizo a los Dres. Martín A. Fandiño, Natalia Subiza, Juan A. Lasheras Bunge, Santiago Subiza, indistintamente, a presentar el presente trámite por medios electrónicos, a través del sistema que esa Inspección General disponga al efecto y con su propia clave fiscal, y a suscribir en él, en nombre de la entidad y en los mismos términos declarados en la presente, la declaración jurada que el sistema requiera para la presentación. Quedan asimismo facultados para proseguir el trámite, consultar y compulsar el expediente, tomar y contestar vistas y realizar cualquier gestión que corresponda a fin de realizar la presentación correspondiente.
Sin otro particular, saludo a usted atentamente.
...........................................
Firma del presidente
Aclaración:
DNI:
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