Usá los modelos 1 o 2 si la reunión de socios que designa a la nueva gerencia todavía no está copiada al libro. Si ya está copiada y firmada, lo que falta es sólo el acta de gerencia que autoriza el trámite: es el modelo 3.
Garantía por caución juratoria. La Resolución General IGJ N° 1/2026 (B.O. 13/04/2026) incorporó la caución juratoria como forma de constituir la garantía del artículo 157 de la ley 19.550, sin costo de póliza, y la Resolución General IGJ N° 3/2026 (B.O. 13/05/2026) volvió a sustituir el artículo 70 del Anexo A de la RG IGJ N° 15/2024 manteniéndola. Los modelos ya la incluyen; los gerentes suplentes recién deben constituirla cuando asumen efectivamente el cargo. Como la cláusula está dentro del acta, el cumplimiento de la garantía surge del propio instrumento que se inscribe.
1. El gerente renuncia y se designa reemplazante
Acta de reunión de socios: A los *** días del mes de ******** de 20__, siendo las 16.00 horas, en la sede social sita en la calle ********, de la Ciudad de Buenos Aires, se reúnen los socios de ******** S.R.L., Sres. ******** y ********, que son los únicos y actuales socios de la sociedad y en conjunto representan el 100% del capital social. Preside la reunión el Sr. ********, quien declara formalmente constituida la reunión de socios. No formulando los socios objeciones relativas a la constitución y validez del acto, se abre la reunión y se pone en consideración de los socios el primer punto del orden del día, que dice: 1) Renuncia de gerente, consideración de su gestión, designación de reemplazante y determinación de su garantía. El gerente ******** expresa que se ha comunicado con los socios con anterioridad a este acto y les ha planteado su deseo de renunciar al cargo de gerente de la sociedad. Puesto en consideración, por unanimidad se aprueba la renuncia presentada y se aprueba su gestión desde la designación hasta el día de la fecha. También por unanimidad se resuelve designar como gerente al Sr. ********, cuyos datos personales siguen:
Nombre completo tal cual figura en el DNI, argentino, nacido el ********, estado civil ********, profesión ********, DNI ********, CUIT ********, con domicilio real en ********, Ciudad de Buenos Aires.
El gerente designado se encuentra presente en este acto, y manifiesta que acepta el cargo conferido, declara no estar comprendido en las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 264 de la ley 19.550, y constituye domicilio especial en la sede social de la calle ********, Ciudad de Buenos Aires. Asimismo declara bajo juramento que NO se encuentra incluido en los alcances de la Resolución UIF Nº 35/2023 como Persona Expuesta Políticamente y que no se encuentra incluido en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).
Acto seguido, por unanimidad, se resuelve que la garantía prevista en el artículo 157 de la ley 19.550, a cargo de los gerentes titulares, se constituya bajo la modalidad de caución juratoria, sin costo para la sociedad. En este mismo acto el gerente designado presta caución juratoria, declarando bajo juramento su sujeción al régimen de responsabilidades previsto en la ley 19.550 y normas complementarias. Se deja constancia de que los gerentes suplentes sólo estarán obligados a constituir la garantía desde el momento en que asuman efectivamente el cargo. (Si el contrato social prevé expresamente otra modalidad de garantía —por ejemplo, depósito de fondos o seguro de caución—, consultanos antes de utilizar esta cláusula.)
En consideración el siguiente punto del orden del día, que dice: 2) Autorizaciones. Por último, por unanimidad, se resuelve autorizar a los Sres. Martín A. Fandiño, Juan A. Lasheras Bunge, Natalia Subiza, Santiago Subiza y/o Fernando Alberto García Conde para que cualquiera de ellos, actuando en forma indistinta y con las más amplias facultades, realice todas las gestiones y trámites necesarios para la inscripción, conformación y registración de las decisiones precedentes ante la Inspección General de Justicia. A tal efecto, podrán publicar edictos, responder vistas, rechazar o aceptar observaciones, otorgar escrituras e instrumentos privados, desglosar documentación, retirar certificados y cualquier otra documentación pertinente, así como realizar todos los actos y gestiones necesarios para inscribir las resoluciones adoptadas en el Registro Público de Comercio. Esta autorización se extinguirá una vez concluida la inscripción del trámite respectivo. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 16.45 horas.
2. Venció el mandato de la gerencia anterior
Acta de reunión de socios: A los *** días del mes de ******** de 20__, siendo las 16.00 horas, en la sede social sita en la calle ********, de la Ciudad de Buenos Aires, se reúnen los socios de ******** S.R.L., Sres. ******** y ********, que son los únicos y actuales socios de la sociedad y en conjunto representan el 100% del capital social. Preside la reunión el Sr. ********, quien declara formalmente constituida la reunión de socios. No formulando los socios objeciones relativas a la constitución y validez del acto, se abre la reunión y se pone en consideración de los socios el primer punto del orden del día, que dice: 1) Designación de gerentes y determinación de su garantía. Por unanimidad se resuelve designar como gerente al Sr. ********, cuyos datos personales siguen:
Nombre completo tal cual figura en el DNI, argentino, nacido el ********, estado civil ********, profesión ********, DNI ********, CUIT ********, con domicilio real en ********, Ciudad de Buenos Aires.
El gerente designado se encuentra presente en este acto, y manifiesta que acepta el cargo conferido, declara no estar comprendido en las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 264 de la ley 19.550, y constituye domicilio especial en la sede social de la calle ********, Ciudad de Buenos Aires. Asimismo declara bajo juramento que NO se encuentra incluido en los alcances de la Resolución UIF Nº 35/2023 como Persona Expuesta Políticamente y que no se encuentra incluido en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).
Acto seguido, por unanimidad, se resuelve que la garantía prevista en el artículo 157 de la ley 19.550, a cargo de los gerentes titulares, se constituya bajo la modalidad de caución juratoria, sin costo para la sociedad. En este mismo acto el gerente designado presta caución juratoria, declarando bajo juramento su sujeción al régimen de responsabilidades previsto en la ley 19.550 y normas complementarias. Se deja constancia de que los gerentes suplentes sólo estarán obligados a constituir la garantía desde el momento en que asuman efectivamente el cargo. (Si el contrato social prevé expresamente otra modalidad de garantía —por ejemplo, depósito de fondos o seguro de caución—, consultanos antes de utilizar esta cláusula.)
Asimismo, se deja constancia de que cesaron por vencimiento del mandato los Sres. ******** (consignar aquí la nómina completa de la gerencia anterior, titulares y suplentes, si eran distintos de los designados; ante la duda, consultanos).
En consideración el siguiente punto del orden del día, que dice: 2) Autorizaciones. Por último, por unanimidad, se resuelve autorizar a los Sres. Martín A. Fandiño, Juan A. Lasheras Bunge, Natalia Subiza, Santiago Subiza y/o Fernando Alberto García Conde para que cualquiera de ellos, actuando en forma indistinta y con las más amplias facultades, realice todas las gestiones y trámites necesarios para la inscripción, conformación y registración de las decisiones precedentes ante la Inspección General de Justicia. A tal efecto, podrán publicar edictos, responder vistas, rechazar o aceptar observaciones, otorgar escrituras e instrumentos privados, desglosar documentación, retirar certificados y cualquier otra documentación pertinente, así como realizar todos los actos y gestiones necesarios para inscribir las resoluciones adoptadas en el Registro Público de Comercio. Esta autorización se extinguirá una vez concluida la inscripción del trámite respectivo. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 16.45 horas.
3. Acta de gerencia, si la reunión de socios ya está en el libro
ACTA DE GERENCIA: A los *** días del mes de ******** de 20__, siendo las 16.30 hs., comparece el Sr. ********, único gerente de la firma ******** S.R.L., en la sede sita en ********, Ciudad de Buenos Aires. El gerente designado manifiesta con carácter de declaración jurada que acepta el cargo conferido, que se notifica del tiempo de duración de su cargo y que no le comprenden las prohibiciones e incompatibilidades del artículo 264 de la ley 19.550. Asimismo declara bajo juramento que NO se encuentra comprendido dentro de la condición de Persona Expuesta Políticamente en los alcances de la Resolución UIF N° 35/2023 y que no se encuentra incluido en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET). A efectos de la inscripción ante la Inspección General de Justicia, se deja constancia de sus datos personales, que son: Nombre completo tal cual figura en el DNI, argentino, nacido el ********, estado civil ********, profesión ********, DNI ********, CUIT ********, con domicilio real en ********, Ciudad de Buenos Aires. Asimismo constituye domicilio especial en la sede social de la calle ********, Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, se deja constancia de que cesaron por vencimiento del mandato los Sres. ******** (consignar aquí la nómina completa de la gerencia anterior, titulares y suplentes, si eran distintos de los designados; ante la duda, consultanos). Por último, por unanimidad, se resuelve autorizar a los Sres. Martín A. Fandiño, Juan A. Lasheras Bunge, Natalia Subiza, Santiago Subiza y/o Fernando Alberto García Conde para que cualquiera de ellos, actuando en forma indistinta y con las más amplias facultades, realice todas las gestiones y trámites necesarios para la inscripción, conformación y registración de las decisiones precedentes ante la Inspección General de Justicia. A tal efecto, podrán publicar edictos, responder vistas, rechazar o aceptar observaciones, otorgar escrituras e instrumentos privados, desglosar documentación, retirar certificados y cualquier otra documentación pertinente, así como realizar todos los actos y gestiones necesarios para inscribir las resoluciones adoptadas en el Registro Público de Comercio. Esta autorización se extinguirá una vez concluida la inscripción del trámite respectivo. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 16.45 hs.
Descargar los tres modelos en Word
Podés enviarnos el acta para una revisión sin costo adicional.
¿Ya tenés el acta? El siguiente paso es la inscripción de la gerencia ante la IGJ — te ayudamos con todo el trámite.