¿Querés crear una fundación en la Ciudad de Buenos Aires y necesitás asesoramiento experto y gestión integral? En Portal Societario te acompañamos en todo el proceso de constitución de tu fundación ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
📄 Trámite 100% digital (Resolución General IGJ N.º 5/2026): este trámite ya no requiere presentar copias en papel. Vas a recibir la constancia de inscripción en un archivo PDF firmado digitalmente por la IGJ, con la documentación inscripta embebida (adjunta) en el mismo archivo — no hace falta pasar a retirar nada en papel. Ese archivo digital es la constancia oficial de la inscripción y tiene plena validez legal. En este instructivo explicamos en qué normas se funda su validez, cómo ver los documentos adjuntos y cómo validar las firmas digitales.
Constitución de Fundación - IGJ - Ciudad de Buenos Aires
Ofrecemos un servicio completo para la constitución de tu fundación. El costo varía según la complejidad del trámite y los requisitos específicos de tu entidad.
Solicitá un presupuesto personalizado y sin compromiso:
Descargá la información necesaria para crear una fundación:
Incluye
- Escritura pública de constitución (con hasta 3 miembros, tomando como base el estatuto modelo de la IGJ).
- Gastos de registro en IGJ.
- Certificaciones de copias requeridas.
- Formularios.
- Dictamen profesional de escribano y su legalización.
- Demostración de la integración del patrimonio inicial por escritura pública (por el patrimonio mínimo requerido por ley).
No Incluye
- Elaboración del plan trienal, las bases presupuestarias y el informe de contador público (podemos ayudarte con esto, con un costo adicional).
- Preparación y/o certificación de compromisos de donaciones futuras.
- Inscripción y gestiones en ARCA una vez inscripta la entidad.
- Rúbrica de libros obligatorios.
- Gastos adicionales que puedan surgir para demostrar el acceso a la sede designada (si la IGJ lo solicita).
- Inscripciones en registros públicos especiales que la entidad pueda requerir.
- El Impuesto al Valor Agregado (IVA), que se adicionará según corresponda.
Una vez constituida, la fundación deberá inscribir su Consejo de Administración ante la IGJ cada vez que se renueven autoridades. Volver al hub de Asociaciones Civiles y Fundaciones.
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Tiene requisitos y registros adicionales (REPROCANN, Ley 27.350) además de la constitución. Somos uno de los pocos estudios con experiencia específica en este trámite. Ver servicio →
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Preguntas Frecuentes
- Libro Diario: Registra las operaciones diarias.
- Libro de Inventario y Balances: Detalla los bienes de la fundación y los estados contables anuales.
- Libro de Actas: Registra las reuniones del Consejo de Administración.
- Información y Pago: Nos enviás la información requerida y un anticipo (el monto del anticipo se define en la cotización).
- Revisión del Contrato: Te enviamos el proyecto de estatuto para tu revisión. Es fundamental que revises cuidadosamente todos los datos.
- Firma: Se firma el estatuto en la escribanía y se paga el saldo del presupuesto. Deben estar presentes todos los fundadores y miembros del consejo de administración, o haber otorgado un poder.
- Presentación e Inscripción: Presentamos el expediente completo ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
El trámite demora entre 3 y 6 meses, sujeto al funcionamiento del organismo.