Inscripción de administradores

Designación de gerencia de SRL - Art. 60 Ley 19.550

La ley de Sociedades exige que la designación y cesación de gerentes de una SRL se inscriba ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas . También lo exige la AFIP para trámites ante ese organismo.

Sociedad de Responsabilidad Limitada - Provincia de Buenos Aires

Trámite normal - 2 a 4 meses: $34.560.-

Trámite urgente - 35 a 60 días: $40.790.-

Trámite muy urgente - 15 a 35 días: $49.770.-

PRESUPUESTO VÁLIDO HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2022.-

  • Forma de pago: 100% al aceptarse el presupuesto.
  • No incluye el impuesto al valor agregado, que será agregado al momento de facturar.

Si Ud. desea conocer más sobre este servicio, puede contactarse con nosotros telefónicamente al (011) 2599-0010 (Whatsapp. Enviar preferentemente mensajes, no llamadas) o escribiéndonos a info@portalsocietario.com.ar.

Incluye

  • Formulario y tasas de la DPPJ, publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, instrumentación por documento privado. Todo ello para sociedades no comprendidas en el art. 299 ley 19.550.

No incluye

  • Necesitaremos fotocopia certificada del estatuto e inscripciones (no incluida en los gastos).
  • Todos los gerentes, deben firmar una declaración jurada de incompatibilidades y constituir domicilio especial, la que debe estar certificada notarialmente.
  • Todos los accionistas que tengan el 20% o más del capital social deben firmar una declaración jurada de beneficiarios finales.
  • El presente presupuesto NO INCLUYE los gastos y honorarios notariales para la certificación de firmas en dichas declaraciones. Dichos costos estarán a cargo del cliente. Si el escribano es de una jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires, los documentos deben ser legalizados en el correspondiente Colegio de Escribanos.
  • No se incluye el copiado de libros; reforma de estatuto en caso de que sea necesaria o requerida por la DPPJ en el transcurso del trámite; inscripción de consejo de vigilancia, que se presupuesta por separado.

Documentación necesaria

  • Estatuto y modificaciones inscriptas.
  • Última inscripción de gerentes.
  • Libro de Actas con el acta de designación copiada y firmada por todos los socios.
  • Todos los gerentes designados deben firmar una declaración jurada de personas expuestas políticamente “PEP” (RG UIF 11/2011) y una declaración jurada de incompatibilidades, que deben estar certificadas por escribano. Estas declaraciones juradas también la deben firmar los síndicos, en caso de que haya. Modelo de esta declaración jurada.
  • Todos los socios que tengan el 20% o más del capital social deben firmar una declaración jurada de beneficiarios finales. Modelo de esta declaración jurada.
  • Las actas se presentan en la DPPJ con una certificación de escribano. Esta certificación NO está incluida en el presupuesto. Para hacerla deberá exhibir a su escriban los libros y solicitarle que certifique conforme al instructivo que oportunamente le enviaremos.
  • Los presupuestos que enviamos en ningún caso incluyen la inscripción de gerentes anteriores no inscriptos, o reformas no inscriptas, las que se presupuestarán por separado.

Contenidos del acta:

  • En el acta de designación deben figurar los datos personales de los gerentes (Nombre y apellido completo, nacionalidad, ocupación, fecha de nacimiento, DNI, CUIT, estado civil y domicilio real y constituido).
  • En caso de que el gerente nuevo a inscribir sea distinto al directorio anterior, en la asamblea debe figurar expresamente la cesación del directorio anterior, mencionando los cargos y nombres completos. En caso de que el gerente sea el mismo, se debe mencionar que se renueva el mandato del mismo. En caso de que no figuren se deberá reabrir el acto. Consultarnos antes.
  • Asimismo deben figurar los autorizados para tramitar la inscripción ante la Direción Provincial de Personas Jurídicas. En caso de que no figuren habrá que reabrir el acta.

Cómo es el proceso y cúanto tiempo lleva inscribir el directorio de una SA en la Provincia de Buenos Aires?

Una vez recibida la informacion necesaria, y el importe de los honorarios, los pasos son los siguientes:

Paso 1. Se analiza la documentación y se preparan los proyectos de actas, si correspondieran, los que se envían al cliente para su revisión.

Paso 2. Se firman las actas y declaraciones juradas de personas expuestas políticamente y se obtienen las copias necesarias. Deben firmar todas las personas que figuran en las mismas como que estuvieron presentes en la reunión.

Paso 3. Se ordena la publicación del edicto en el Boletín Oficial, se preparan los formularios y pagan las tasas correspondientes.

Paso 4. Se se presenta el expediente ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) en la ciudad de La Plata.